¿Cómo se calcula el aguinaldo con salario variable?
En corto
Si lo que ganas cambia cada mes (comisiones, destajo), tu aguinaldo se calcula con un promedio, no con un sueldo fijo.
Según la PROFEDET, el período del promedio depende de tu tipo de trabajo. Este caso no lo cubre la calculadora, que solo sirve para sueldo fijo.
Cómo se hace
Identifica cómo te pagan
La PROFEDET distingue dos casos. Si cobras por unidad de obra (a destajo: te pagan por pieza o por trabajo hecho), cuenta tus últimos 30 días efectivamente trabajados. Si eres vendedor, agente de comercio o de seguros, propagandista u otro semejante, cuenta el último año de trabajo.
Por qué: la PROFEDET fija un período distinto para cada caso.
Calcula tu ingreso diario promedio
Suma lo que ganaste en ese período y divídelo entre los días que corresponden. Destajo: lo ganado en esos 30 días trabajados, entre 30. Vendedor o comisionista: lo ganado en el último año (o en todo tu tiempo, si llevas menos de un año), entre los días de ese período.
Por qué: el promedio reemplaza al “sueldo mensual ÷ 30” de quien gana fijo.
Multiplica por tus días de aguinaldo
Ingreso diario promedio × días de aguinaldo. La ley da 15 días como mínimo.
Por qué: el resto de la fórmula es la misma que con sueldo fijo. Mira cómo se calcula el aguinaldo.
Si no completaste el año, hazlo proporcional
Multiplica por tus días trabajados y divide entre los días del año. Detalle en aguinaldo proporcional.
Por qué: la ley da la parte proporcional al tiempo trabajado.
Qué cuenta como ingreso: las comisiones y el pago por destajo sí. De bonos y propinas, las páginas de la PROFEDET sobre aguinaldo no dicen nada concreto. Pregunta a tu empresa o a la PROFEDET (teléfono 079) cuáles se incluyen.
Qué días cuentan: según la PROFEDET, el cálculo del aguinaldo toma en cuenta vacaciones, descansos semanales, licencias de maternidad y paternidad, e incapacidades por riesgo de trabajo.
Ejemplo con números
Si trabajas a destajo, en tus últimos 30 días trabajados ganaste $14,400 y tu empresa paga 15 días:
- Ingreso diario promedio: 14,400 ÷ 30 = $480.
- Aguinaldo: 480 × 15 = $7,200.
Si vendes por comisión, llevas más de un año, ganaste $219,000 en el último año y tu empresa paga 15 días:
- Ingreso diario promedio: 219,000 ÷ 365 = $600.
- Aguinaldo: 600 × 15 = $9,000.
Como referencia, si pones el ingreso diario × 30 como sueldo mensual en la calculadora (14,400 y 18,000), da los mismos $7,200 y $9,000. Dividir entre 365 es nuestro supuesto: las fuentes no precisan el divisor del año.
Casos que cambian el resultado
- Sueldo fijo más bono variable: la PROFEDET no explica este caso en sus páginas de aguinaldo. Consulta con tu empresa.
- Propinas: la ley dice que en hoteles, restaurantes y bares son parte del salario (art. 346) y que, si no hay porcentaje fijado, las partes acuerdan el aumento al salario base (art. 347). No dice cómo se aplica al aguinaldo.
- Menos de un año: en comisiones se promedia todo lo ganado en tu tiempo de trabajo, y luego se hace proporcional.
- Impuestos: el promedio da el aguinaldo bruto. Para saber qué parte paga ISR, ve aguinaldo e ISR.
- Fecha de pago: la ley fija el 20 de diciembre como límite. Mira cuándo se paga.
Fuente oficial
Según la PROFEDET, con salario por unidad de obra se toma el ingreso promedio diario de los últimos 30 días efectivamente trabajados. Para vendedores, agentes y semejantes, el promedio del último año. Está en sus preguntas frecuentes sobre aguinaldo (se abre en una pestaña nueva) y en su artículo sobre el pago del aguinaldo (se abre en una pestaña nueva).
Según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo es de 15 días de salario como mínimo y se paga antes del 20 de diciembre. El artículo 84 dice que el salario incluye comisiones y gratificaciones. El artículo 289, para agentes de comercio y semejantes, usa el promedio del último año. Consúltalos en el texto de la LFT (se abre en una pestaña nueva).
El artículo 89 usa 30 días trabajados para salario variable, pero es para calcular indemnizaciones, no aguinaldo.
Revisado el 4 oct 2026.
Esta guía informa. No es asesoría legal. Tu caso puede variar según tu contrato. Ante dudas, consulta con tu empresa o con la PROFEDET.